Ana Lilia Rivera presentó el dictamen que representa un avance legislativo histórico en el combate a la violencia política contra las mujeres en razón de género

Las Comisiones Unidas Para la Igualdad de Género; de Gobernación, y de Estudios Legislativos Segunda, dictaminaron a favor la Minuta de Ley enviada por la Cámara de Diputados.

12 de marzo de 2020

La senadora del Grupo Parlamentario de Morena, Ana Lilia Rivera Rivera, presentó ante el pleno de la Cámara Alta de Legisladores el «Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones legales en materia de violencia política contra las mujeres», pues de acuerdo con la representante del estado de Tlaxcala, «es innegable que no es la condición de las mujeres, sino el arraigado sistema patriarcal lo que ha perpetuado su minimización en el escenario público».

«Una circunstancia que impide el empoderamiento de las mujeres y su posicionamiento en el escenario público del país -continúo la senadora-, es la violencia política por razones de género, que representa una de las últimas instancias del sistema patriarcal para someterse al imperio del derecho y aceptar la igualdad entre todas las personas sin distinción».

Por lo anterior, el proyecto que fue votado a favor en el pleno del Senado de la República modificará los siguientes ordenamientos jurídicos:

– Se modifica la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para incorporar la violencia política en razón de género, estableciendo su definición y enlistando los supuestos que la constituyen y que serán susceptibles de sanción.

– Se reforma la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales para conceptualizar la violencia política en razón de género; incluir un catálogo de conductas constitutivas de infracciones electorales, previéndose el procedimiento, así como las sanciones correspondientes a imponerse a cada uno de los potenciales sujetos infractores que la propia ley define.

– En la Ley General en Materia de Delitos Electorales se establecen las agravantes por la comisión de delitos electorales, cuando su comisión involucre violencia política en razón de género.

– Se reforma también la Ley General de Partidos Políticos donde se incluyen, entre otros aspectos, para fijar la obligación de que los partidos garanticen la prevención, atención y sanción de la violencia política en razón de género.

– Se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para incorporar el principio de paridad de género, previsto en el artículo 94 constitucional.

Por último, Rivera Rivera recalcó que las mujeres han logrado lentamente la igualdad formal en cuanto a derechos civiles y políticos, sin embargo, «dicha condición es necesaria más no suficiente».