La SCJN resolvió que el Congreso de Tlaxcala violentó la Constitución y se extralimitó en sus funciones

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), resolvieron que el Congreso de Tlaxcala violentó la Constitución y se extralimitó en sus funciones derivado de la homologación de la reforma político-electoral.
En la resolución se declara la invalidez del artículo 95, párrafo décimo tercero en la porción normativa “y Ayuntamientos”; 95, párrafo décimo séptimo (antes décimo sexto) en la porción normativa “ordinarias”, y artículos séptimo, octavo y noveno transitorios del decreto 118 por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la constitución política del estado libre y soberano de Tlaxcala, en materia político-electoral, en términos de los considerandos noveno, décimo tercero y décimo cuarto…”.
Los ministros determinaron que en el caso de la concurrencia de elecciones que ampliaba el plazo de 3 a 4 años y 8 meses en la elección de diputados locales de mayoría relativa y representación proporcional como de la integración de Ayuntamientos, ya no se llevara a cabo.
En la cuestión de la elección de gobernador que se planteó una reducción de 6 a 4 años 8 meses, quedó igual; es decir esta si aplicará.
Los diputados locales deberán modificar de nueva cuenta la Constitución del estado y ahí deberán por lo menos empatar una elección en el 2018 y con ello recortarán a un año y 8 meses alguna elección: de diputados o presidentes municipales.
Los ministros detallaron que “a fin de homologar por lo menos una de las elecciones del estado con la fecha de las elecciones federales a celebrarse el primer domingo de julio de dos mil dieciocho…”.
La controversia 103/2015 fue presentada bajo la ponencia del ministro Alberto Pérez Dayán y fue aprobada por unanimidad de los ministros.
“décimo segundo las declaraciones de invalidez decretadas en este fallo, surtirán sus efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos de esta sentencia al congreso del estado de Tlaxcala…”.
La reforma que deberán realizar los legisladores locales será en un plazo de 30 días a partir de la notificación que se haga la SCJN al poder Legislativo.