Multan nuevamente a diputados por no tomar protesta a suplentes

Multan nuevamente a diputados por no tomar protesta a suplentes

La Sala del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, nuevamente multó a los integrantes de la Comisión Permanente del Congreso del estado por no tomar protesta a los suplentes de los diputados Adrián Xochitemo Pedraza, César Fredy Cuatecontzi Cuahutle, Alberto Amaro Corona y la panista Dulce María Mastranzo Corona, respectivamente.

El proyecto señala que debido a que no les fue tomada protesta a los suplentes René Carmona Serrano, Luis Antonio Cruz Zárate, David Luna Hernández y Ana Karen Tlapa Herrera, en los plazos establecidos por la Sala los legisladores serían multados económicamente.

El proyecto señala que el cuatro de julio de este año el presidente de la Comisión Permanente hizo del conocimiento del Congreso local que la toma de protesta había tenido lugar el día previo por lo que propuso tener por cumplida la sentencia de lo ordenado por la Sala Regional de la Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“Aunque no pasa desapercibido por este órgano jurisdiccional que si bien la Comisión Permanente cumplió con la obligación de tomar la protesta de Ley a quienes promovieron los medios de impugnación, ello no aconteció dentro de los plazos ordenados por este órgano jurisdiccional razón por la que se propone además de imponer a cada integrante de dicho órgano parlamentario una multa que se determine cuantifique en cada uno de los proyectos”.

Por ello el presidente de la Sala, Armando Ismael Maitret Hernández sentenció “1.- se tiene por cumplido el acuerdo de 20 de junio del año en curso la sentencia dictada el 17 de mayo del año y la resolución incidental de 29 del anterior; 2.- se impone a los integrantes de la Comisión Permanente del Congreso del Estado de Tlaxcala precisados en la resoluciones incidentales de manera individual una multa de conformidad de lo establecido en la ejecutoria; 3.- se vincula al Servicio de Administración Tributaria para que en términos de lo dispuesto por el reglamento interior de este tribunal electoral aplique las multas correspondientes a las personas precisadas en la sentencia por conducto de la administración local de recaudación correspondiente e informe de ello a esta sala regional dentro de los tres días hábiles siguientes respeto de las gestiones tendentes a efectuar el cobro de la multa respectiva”.

No obstante amonestaron al SAT por no informar de los pagos de la multa impuesta con anterioridad a los legisladores