La diputada local, Sinahí Parra Fernández planteó reformas- adiciones y derogaciones a diversas disposiciones de la Ley para la Prevención de la Trata de Personas para el Estado, en la que se redefine la estrategia estatal para el tratamiento integral de trata de personas y se establecen los deberes jurídicos de cada uno de los entes integrantes del Consejo Estatal.
En tribuna, la legisladora priista propuso modificar la denominación de la Ley para la Prevención de la Trata de Personas para el Estado de Tlaxcala, con el propósito de que no sólo abarque el ámbito de la prevención, sino también los lineamientos de la ley federal de la materia, particularmente en el tratamiento integral de este fenómeno. Parra Fernández planteó que el ordenamiento se denomine Ley para la Atención Integral de la Trata de Personas en el Estado de Tlaxcala.
En su iniciativa, la diputada local expresó que el objeto de la ley local de referencia, atendiendo a los cometidos de la ley federal. También depura el catálogo de conceptos que prevé la ley local, eliminando los términos que no se utilizan en el cuerpo normativo, e incluye otros para armonizar su entendimiento. Asimismo, ajusta la supletoriedad de la ley al marco normativo vigente, tanto a nivel federal como local.
La propuesta incluye armonizar la integración del Consejo Estatal contra la Trata de Personas, a fin de incluir al poder Legislativo local y a los municipios de la entidad, pero también otorga el carácter de Secretario Técnico del mismo al Instituto Estatal de la Mujer (IEM).
La diputada modifica la denominación y restablece el contenido de la estrategia estatal, con el objetivo de que abarque el tratamiento integral de la trata de personas. Igualmente regula el estatus de los ofendidos y de los testigos en el torno a los delitos en materia de trata de personas.
La iniciativa también establece reglas específicas en el caso de que las víctimas u ofendidos de los delitos de trata de personas sean menores de edad, además de que establece los derechos de las víctimas, ofendidos y testigos de los delitos en la materia. En ese sentido, amplía en el ámbito material las medidas de protección que deberán brindárseles a las víctimas, prevé que el Estado y los municipios puedan hacer efectivas esas protecciones y determina reglas más precisas y eficaces para efectos de lograr la reparación del daño.
Sinahí Parra expresó preocupación por la situación prevaleciente en el municipio de Tenancingo, donde desde la última década del siglo pasado el fenómeno de la trata de personas, con propósitos de explotación sexual, se ha arraigado “de manera tal que prácticamente se ha equiparado a una actividad económica y se ha convertido en fuente de ingresos de aproximadamente el 50 por ciento de la población, la que en su totalidad asciende a alrededor de 18 mil habitantes”.